sindicato vertical
SABADOS LIBRES-acuerdo de la verguenza
LOS SINDICATOS VERTICALES FIRMALOTODO ATACAN DE NUEVO:
CCOO, UGT Y FITC firmaran el acuerdo el día 23-9-2009, y a partir del 1 de Octubre sera válido.
PREACUERDO
1. Como horario general de aplicación en aquellas oficinas de red universal en las que actualmente aplica el horario continuado concretado en el art. 25.2 del Convenio Colectivo del Sector del Sector de Banca, y en sustitución del mismo, se establece el siguiente régimen de horario continuado:
– De Lunes a Viernes del 1/IX al 30/ VI: ………………………… de8a 15:30h.
– Viernes de julio y agosto ………………………………………… de 8 a 15 h.
– Sábados todo el año ……………………………………………. Libranza
Adicionalmente, en orden a cubrir la jornada máxima anual, el personal que se ajuste al mismo deberá completar 25 horas anuales que se aplicarán, por común acuerdo entre las partes -empleado y dirección de su Unidad-, a la cobertura de actividades formativas o de otras necesidades del servicio, tales como la realización o atención de puntas de trabajo, asistencia a reuniones, satisfacción de otros requerimientos del negocio … etc, que deban atenderse en otros momentos distintos a los acotados por el referido régimen horario.
2. En cualquier caso, la jornada máxima anual será la que establezca, en cada momento, el Convenio Colectivo del Sector de Banca. Esta jornada máxima es de 1.700 horas anuales a la fecha de firma del presente acuerdo. Cualquier reducción que en el futuro pueda producirse sobre la jornada máxima anual contemplada en el citado Convenio Colectivo se aplicará respecto a la derivada de los horarios definidos en los puntos 1 y 5 de este Acuerdo. Asimismo, cualquier modificación de la distribución de los tiempos de trabajo que se produzca en el marco del Convenio Colectivo Sectorial, podrá motivar la revisión del presente documento en los términos en los que las partes acuerden.
3. El personal Directivo y Comercial, en atención a la relación de confianza que implica el nombramiento en el puesto que desempeña, y a la naturaleza y características concurrentes en las funciones desarrolladas, queda facultado para distribuir o modificar su tiempo de actividad laboral, con la discrecionalidad y flexibilidad convenientes, utilizando tal facultad de modo que queden atendidas las necesidades del servicio confiado y su propia autoexigencia en las obligaciones asumidas, con el cumplimiento del tiempo de trabajo exigible y la necesaria conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sin exceder en ningún caso de la duración de la Jornada máxima anual legalmente establecida en el vigente Convenio Colectivo, ni otros preceptos legales que resulten de aplicación.
4. El establecimiento de este régimen horario se acuerda sin perjuicio de las facultades reconocidas a la Dirección de la Empresa por disposiciones legales, Convenio Colectivo del Sector, Acuerdos Colectivos de Empresa o la voluntad de las partes de la relación laboral para establecer, modificar o efectuar las oportunas adecuaciones horarias, en caso necesario, con objeto de hacerlas compatibles con las necesidades de servicio.
5. El presente Acuerdo no resultará de aplicación en Oficinas de Empresa, de Universidades, Grandes Superficies, Canal Hospitalario, Ciudad Financiera, ni en aquellos servicios que actualmente se vengan desarrollando con arreglo a regímenes horarios diferentes al establecido como horario continuado en el arto 25.2 del Convenio Colectivo del Sector de Banca.
6. El presente Acuerdo tiene carácter de pacto colectivo de eficacia general para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el arto 41 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y entrará en vigor en la fecha de su firma .
El régimen horario establecido en el punto 1 del presente acuerdo será de aplicación a partir del 1 de Octubre de 2009.
7. El presente Acuerdo constituye un todo unitario, y por lo tanto deberá interpretarse y aplicarse en su conjunto, no siendo admisibles pretensiones de aplicación parcial. Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.
8. Se constituye una Comisión de Seguimiento del presente Acuerdo formada, de una parte, por la Dirección dela Empresa y, de otra, por un representante de cada una de las Secciones Sindicales firmantes del Acuerdo, que tendrá como objeto analizar y resolver cuantas incidencias puedan tener lugar con ocasión del cumplimiento del presente acuerdo, así como facilitar a los Representantes de los Trabajadores cuanta información resulte preceptiva con relación al desarrollo del presente Acuerdo.
Banco Santander, S.A.
SABADOS LIBRES
DE SINDICATO DE CLASE A SINDICATO DE CASTAS
Sábados, Sábados, Sábados, Sábados, ……….. SÁBADOS. ¡¡¡Dioooosssss!!! Esta maldita palabra nos ha quitado el sueño a los trabajadores de Banca, desde aquellos lejanos días de los 80, en los que se comenzó a hablar de negociación para su libranza durante todo el año.
Hoy, en el 2009, cuando en las Cajas de Ahorro ya no se trabaja ningún sábado, cuando en algunos Bancos ya ha habido acuerdo para su total libranza, cuando en otros se han alcanzado acuerdos para la libranza de éstos en porcentajes del 50% durante los seis meses del año en los que se trabajan, nos amanecemos con la sorprendente noticia de los sindicatos “firmalotodo” en la que nos anuncian que, “como fruta madura”, “ahora SI. Desde octubre sábados libres”, están a punto de alcanzar un acuerdo con la Empresa en el que va a quedar plasmada la libranza de todos los sábados del año.
Carecemos de información en cuanto a datos de ofertas y contraofertas que se hayan podido realizar, tanto por parte de los Sindicatos como del Banco, relacionadas con esta ¿¿¿NEGOCIACION???, por lo que nos es imposible hacer una valoración. Ahora bien, de lo que casi podéis estar seguros es que “el pastel” ya lo han preparado y en estos momentos está en el horno, listo para ser servido a los que nos lo tenemos que comer.
Perdonad nuestra incredulidad pero, estando casi desnudos de derechos y después de tantas cesiones en negociaciones en las que hemos sido representados por los que ahora hacen alarde de este gran “logro” nos preguntamos: esta vez ¿A cambio de que nos van a “regalar” los sábados? Puestos a elucubrar, ante la falta de información a la que nos tienen sometidos las partes de la negociación, podemos pensar que en las conversaciones que han mantenido, en la búsqueda de una solución definitiva del “problema” y atendiendo a las circunstancias específicas que concurren ahora en nuestro País y nuestro Banco (expresado en una circular de CCOO), no es descabellado pensar en una REGULACION DE EMPLEO, que perjudique nuestras condiciones de trabajo actuales, en aspectos ligados a temas tan sensibles como movilidad, jornada, etc. O ¿Alguno se cree, a estas alturas de la fiesta, que el Banco va a entrar a negociar graciosamente la libranza de sábados después de haber mantenido una postura intransigente durante todos estos años? Ja, ja, ja, ja, y jaaaaaa.
Y aprovechando que están metidos en negociación, ¿Por qué no dejar zanjado el Estatuto del Delegado Sindical? El mencionado acuerdo incluye un beneficio económico, de un sobresueldo, por supuesto PENSIONABLE, consistente en aumento de Nivel de categoría debido a que por su dedicación sindical se han visto truncadas sus expectativas al desarrollo de su carrera profesional; es decir, Liberados y delegados con tal acumulación de horas sindicales que no aparecen por su puesto de trabajo. En definitiva a la ELITE. Pero claro, habrá que elevar los porcentajes sobre los delegados sindicales a los que aplicar todas estas ventajas, con el fin de que el número a beneficiarse de ello fuera mayor y alejar así el fantasma de disputas internas. Y nunca mejor dicho lo de beneficiarse, ya que con la aplicación del mencionado acuerdo y con las importantes prebendas que habrían conseguido, bien se podría pensar que en lugar pertenecer a un denominado Sindicato de Clase son miembros de un Sindicato de Castas.
¡¡Vaya morro que tienen los pájaros!! ¿A que precio nos va a salir el sábado sabadete?
Junio-2009
SENTENCIA AUD.NAC.-REUNIONES- SINDICATO EXCLUIDO
¿SINDICATOS VERTICALES O PARTICIPATIVOS?
¿CÓMO LOS QUEREMOS?Porque se trata de elegir, que opción estamos dispuestos a asumir. Y al parecer, es la del Sindicato vertical, que como claramente podéis deducir, es aquel que su ejecutiva decide por los demás todo o casi todo, LOS FIRMALOTODO, con el gobierno, con la patronal que se preste, siempre justificándose con su gran seriedad institucional, y su responsabilidad. Cuando la suya es la de defender a los trabajadores. Al final siempre nos lo venden con una apariencia de triunfo en sus reivindicaciones, cuando por lo general los trabajadores siempre estamos deseando y cada vez mas necesitando otras.Por eso si realmente fueran participativos, asamblearios, las decisiones se tomarían en conjunto y el beneficio seria repartido para todos y no para unos pocos. Esa elite sindical que al parecer se ha olvidado del Norte que era el sentido del Sindicalismo, una asociación de trabajadores en la que primaba la decisión de defendernos de estos abusos continuos de los empleadores, y que en estos últimos años ha ganado como se dice en términos de futbol americano 60 yardas en reducción de nuestros derechos, algunos califican las condiciones laborales actuales en esclavistas y peores a los años anteriores a la democracia.En cuanto a derechos queda claro lo que se ha perdido, pero es mucho peor económicamente hablando, la pérdida de poder adquisitivo, es infinita y todo ese dinero está ahora en las manos de los poderosos y nuestros salarios entran en el objetivo de su plusvalía. Esto ha sido reconocido por los ministros de finanzas de la Unión Europea en una reciente declaración en la que venían a decir que con esos sueldos de cada vez los trabajadores podían comprar menos cosas. Mientras tanto, por una parte la ejecutiva de esos pseudo-sindicatos, firma la moderación a nivel general, luego ya partimos de una salida castrada, y por otra son tan fariseos que se ponen al frente de la manifestación pidiendo lo que previamente ellos nos han quitado, porque han formado parte del comando ejecutor.Todo esto es un logro ¿pero de quien?, ¿ de la patronal?, NO, ¿de los trabajadores? NO, ¿de estos colaboradores necesarios?, o sea los sindicatos verticales, SI. Nosotros decimos que esta es la clave del asunto, con lo cual no rebajamos la responsabilidad de cada uno de nosotros, porque a fin de cuentas los empresarios estan en su papel natural, pero estos FIRMALOTODO ¿de que van?.Si porque está en nosotros la solución, no sirve decir son todos iguales, mira cómo viven, como se llevan la pasta, mira que entradas para los Lakers les regalan, mira que pedazo de buga tiene y no digamos en que sitios viven, con el problema tan espectacular que hay de vivienda como habrán podido ahorrar tanta pasta, a lo mejor es que tienen todos los demás gastos pagados y a saber por quien.(Información aparecida en el periódico Publico el 14, 15, 16 y 17 de Noviembre).
¿Así que vamos a ponernos las pilas o qué?, porque el estar afiliado al sindicato no es un seguro del hogar, ni del coche, ni nada por el estilo, es otra cosa, y si no luego no nos extrañe que decidan por ti y por todos en definitiva. SALUD Y SUERTE.