complemento pensiones
ACUERDO ECONOMICO Y SOCIAL- INFORME
SOLIDARIDAD
Madrid Tno.654402245 – Aragón Tno.619889968
aragón@solido.org www.solido.org
Informe elaborado por la Intersindical de Aragón
ANÁLISIS DE LA REFORMA DE PENSIONES
El Acuerdo Social y Económico firmado por Gobierno español, CEOE-CEPYME (empresarios) y CCOO y UGT (sindicatos), integra distintos tipos de acuerdo referentes a pensiones, a políticas activas de empleo o a negociación colectiva entre otros. En el presente documento, haremos referencia única y exclusivamente a la reforma del sistema público de pensiones.
Reforma que entrará en vigor en el año 2013 y será aplicada progresivamente hasta el año 2027. A partir de aquí, el sistema será revisado cada cinco años, probablemente, para seguir mermando el derecho a las pensiones.
Breves apuntes en lo que respecta a la introducción del documento:
Juzgado Social 28 Barcelona 716/99. Derecho de cuatros ex empleados de la Caixa a percibir complemento de pensiones.
_ Juzgado Social 28 Barcelona
_ Procedimiento: Reconocimiento de derecho 1327/1998
~ En la ciudad de Barcelona, a ocho de noviembre de mil novecientos noventa y nueve
_ Visto por al Ilmo. Sr. D Javier ARANA NAVARRO, magistrado Juez del Juzgado de lo Social numero 26 de esta ciudad. y su provincia el juicio promovido por D. J. C y otros frente a entidad de ahorro sobre RECONOCIMIENTO DE DERECHO
EN NOMBRE DEL REY
HA DICTADO LA SIGUIENTE:
SENTENCIA NUNERO. 716/99
ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En fecha 15 DE DICIEMBRE DE 1.998 tuvo entrada en este Juzgado de lo Social numero 28 de Barcelona. la demanda suscrita por la parte actora en la que tras alegar los hechos y fundamentos legales que estimo pertinentes suplicaba se dictara sentencia de conformidad con los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.
…………………..
HECHOS PROBADOSPRIMERO.- El. demandante D. J. N. C. ingresó en «La Caixa» el 11 de marzo de 1.974 y fue despedido disciplinariamente el, ll de julio de 1.997,- y su despido declarado improcedente por acto de conciliación firmado el 18 de julio de 1.997 cuyo texto se da por reproducido. Sigue leyendo