La segunda parte del combate por el control del Estado, después del golpe del 23-f., en el que aparecen declaraciones muy graves por parte del jefe de los asaltantes, acusando a la jefatura del Estado de su presunta implicación y del encargo que le hicieron para recuperar unos papeles que se encontraban en una caja de alquiler que probarían estos hechos.
MAS PREJUBILACIONES
Otras 290 personas se acogieron a las bajas incentivadas por la fusión con Banesto
Santander prejubila a más de 1.200 empleados y abre otro plan similar para este año
Tanto Santander como BBVA han vuelto a recurrir a las prejubilaciones para reducir o renovar su plantilla, aunque en ambos casos los números son marginales si se comparan con las realizadas por las entidades que han recibido dinero público.
En el caso del banco que preside Emilio Botín las salidas totales producidas durante el pasado ejercicio en España como consecuencia de la fusión de Santander y Banesto ascendieron a algo más de 1.500 personas. De ellos, un total de 290 empleados corresponden a bajas incentivadas, prácticamente el total de las salidas voluntarias que había calculado el banco. Santander ofreció el pasado mes de junio a unos 300 empleados que se apuntasen al plan de bajas incentivadas abierto ese mes. Este programa de salidas era voluntario, aunque el banco mantuvo entrevistas con trabajadores en las que les planteó que abandonasen la firma. Pese a ello, al ser bajas voluntarias y acordadas con los sindicatos, Santander aceptó la decisión del trabajador que optó por quedarse.
El banco ofreció a estas personas una indemnización de 50 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades, y los servicios de una empresa de recolocación durante 9 meses, ampliables a 3 meses más.
La fusión de estas dos marcas –también se ha integrado Banif, pero sin cierres de oficinas– ha supuesto el cierre de unas 700 sucursales de ambas redes. Inicialmente, estas clausuras estaban previstas realizarlas antes de finales de 2014, pero finalmente se ha acelerado el proceso y ya se han producido el cierre de la mayoría de estas sucursales.
La operación supondría el ahorro de 520 millones en tres años, según expicó el banco el pasado año. Y pese a que no se ha dado nunca una cifra oficial sobre el objetivo de reducción de plantilla, tanto en círculos cercanos al banco como sindicales, han calculado en unos 3.000 trabajadores los que podrían abandonar el grupo en España en un máximo de tres años por esta fusión.
Así, a las bajas incentivadas hay que sumar algo más de 1.200 salidas de empleados mayores de 58 años (55 años si trabajaban en Madrid) que se han acogido al plan de prejubilaciones. El grupo ofreció un 80% del salario bruto utilizado para calcular la pensión a los trabajadores del sector administrativo, más un cuarto de la paga de agosto. Santander ha aprovechado el inicio de año para abrir otro plan de prejubilaciones también más de 1.000 empleados, que ya se ha iniciado. Aunque no se espera la apertura de más bajas incentivadas.
BBVA también ha recurrido a las prejubilaciones para reducir su plantilla, sobre todo por motivo de la absorción de la firma catalana Unnim. En total, el pasado año salieron del banco en España unos 1.200 empleados, de los que 700 corresponden a prejubilaciones de trabajadores con más de 58 años de edad.
Casi todas estas salidas se han realizado en Cataluña, origen de Unnim. A ellos se suman otras 500 salidas no traumáticas de empleados. La cifra de salidas se ha compensado en parte con contrataciones. BBVA contrató el pasado año a unos 600 jóvenes.
ACCIDENTE EN ITINERE- Sentencia del Trib. Supremo
El Supremo anula una sentencia del TSJCyL y amplía los supuestos de accidentes «in itinere»
MADRID/VALLADOLID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) –
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo amplía en una reciente sentencia la consideración de accidente «in itinere» para aquellos supuestos en los que el trabajador tiene que desplazarse una gran distancia desde su domicilio familiar hasta su lugar de residencia por razones laborales. Establece razones de «realidad social» a la vista de «las nuevas formas de organización del trabajo».
En este caso concreto se anula una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de julio de 2012 que estimó el recurso interpuesto por Ibermutuamur contra una sentencia anterior de un Juzgado de lo Social de León. El juez de instancia había dado la razón a un trabajador que sufrió un accidente de tráfico un domingo de marzo de 2009 por la noche, cuando se desplazaba desde su domicilio en Puente Almluhey (León) hasta Almazán (Soria), donde residía debido a su trabajo.
La Mutua rechazó la contingencia profesional de la baja que sufrió este trabajador, que manipulaba maquinaria pesada, al no considerar que el accidente se hubiera producido «in itinere». La demanda del trabajador se estimó en primera instancia, si bien posteriormente fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia.
Ahora, el alto tribunal confirma la sentencia inicial al estimar que la interpretación de las normas «debe adaptarse a la realidad social», tal y como impute el artículo 3 del Código Civil.
EXIGENCIAS DE MOVILIDAD TERRITORIAL
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Aurelio Desdentado, considera que debe resolverse «a la vista de la evolución de las nuevas formas de organización del trabajo y de la propia distribución de éste en el hogar familiar» que está imponiendo «unas exigencias de movilidad territorial que obligan a los trabajadores a ajustes continuos en el lugar del trabajo que no siempre pueden traducirse en un cambio de domicilio y que tienen en muchos casos carácter temporal».
Todo ello, según el Tribunal Supremo, determina que, «si se quiere respetar la voluntad del legislador en los tiempos presentes», habrá que reconocer que en supuestos como el presente «a efectos del punto de partida o retorno del lugar del trabajo puede jugar, según las circunstancias del caso, tanto el domicilio del trabajadora en sentido estricto como la residencia habitual a efectos de trabajo».
En este caso concreto, el alto tribunal considera que concurren los elementos que definen el accidente «in itinere» porque la finalidad principal del viajes sigue estando determinada por el trabajo, «puesto que éste fija el punto de regreso y se parte del domicilio del trabajador».
SANTANDER BRASIL- CONDENADO
Brasil no es España, aquí pasa lo mismo desde hace mucho tiempo, gracias a los sindicatos firmalotodo, y a los gobiernos consentidores. Ahora le es difícil a la inspección de trabajo poder probar las ampliaciones de jornada, aunque con voluntad lo podrían hacer de oficio. Ya dijimos en las negociaciones del acuerdo de sábados, que iban a homologar lo ilegal, y por lo que se ve en esta noticia, allí no tienen tantas prebendas y si se sanciona como debería hacerse aquí, las ampliaciones de horario; porque primeramente atenta contra la salud de los trabajadores, ademas de contra la seguridad social, el empleo y el fisco.
Este banco tan global como les gusta decir a los responsables de recursos humanos, no parece que tengan entendido que el caballo de Atila, ya se murió y no pueden clonarle sin que se note que lleva las mismas intenciones de pisar y avasallar al que se ponga por delante y encima que quede sin castigo.
Enhorabuena a los compas brasileros.
NOTA DE PRENSA PARA PREJUBILADOS RECIENTES
AVISO A NAVEGANTES
Los que os hayáis pre-jubilado recientemente, tenéis que vigilar que en vuestro recibo de nomina aparezca el abono por el importe total del convenio especial de la seguridad social, unos 911,30 euros.
Al parecer a algunos compis cuando han visto que al domiciliarlo, les cargaban en cuenta dicho importe, no tenían la contrapartida del abono en su tirilla de nomina.
Las razones que les dan en el departamento de personal es que tenían que haberles enviado copia de la formalización del convenio especial.Pero esto no les fue notificado, ni advertido, al parecer.
Así que cuidado. Que con esto al banco le va a seguir entrando dinero por todos lados como dice Botín, pero que también les salga porque sino van a reventar.
SALUD Y SUERTE.