FONDOS DE PENSIONES

Reunión del día 20/10/2007, en la C/ Gran Vía, 2, con el abogado D. Antonio Álvarez Osorio, sobre la sentencia del TSJM, de Junio de 2007, en la que un empleado de Bankpyme, que fue despedido, reclama su fondo interno , y ésta ha sido favorable.

En esta reunión se dijeron determinadas cuestiones de relevancia:

1.- Según este abogado, la reclamación para esta cuestión es imprescriptible.

2.- El plazo empezaría en el momento que se da la contingencia, y puesto que la baja es voluntaria o traumática, no es una de las contingencias previstas en el convenio. Porque de contrario (El bufete de Sagardoy es el que suele usar la AEB) se dice que es una expectativa de derecho, como se puede determinar cuando empieza a contar el plazo.

3.- Cuando se ha firmado el saldo y el finiquito, aunque ponga que no se reclamara nada desde ese momento, no pone expresamente que se renuncia al derecho de su fondo interno, porque no pueden cometer la contradicción de reconocer que existe esta posibilidad y ponerlo así.

4.- Despido procedente: no tiene, según él, nada que ver para reclamar.

5.- Han anunciado el recurso ante el Tribunal Supremo, pero todavía no se sabe si lo recurrirán de verdad, no lo llevaría Sagardoy, porque al parecer Bankpyme, está un poco desligada de la AEB..

6.- Para los prejubilados tendrían que estudiar el acuerdo firmado con el Banco para poder determinar si hay posibilidades de interponer una demanda.

7.-Cualquiera que haya salido del Banco de forma voluntaria (Baja Pactada) o por despido improcedente o procedente, puede reclamar.

8.-Los honorarios serían 1.500 euros a provisionar desde el principio y luego 15 euros mensuales (45 euros trimestrales).

9.- Los prejubilados desde el principio serían 1.000 euros, para los gastos de cálculo actuarial y estudio y luego 500 euros más si se pone la demanda. En total, si se gana cobraría el 10%, descontando las provisiones hechas.

10.- Se acumularía toda la gente que se apunte en una demanda y quieren hacerlo a ser posible ya, (hablaron de 10 días); y para otorgar los poderes al despacho de abogados 15 días en una notaria.

11.- El martes día 30, van a constituir la Asociación para la Defensa de los Empleados de Banca, y este abogado Antonio Álvarez Ossorio sería su presidente, al parecer se lo han pedido, pero no dijo quien se lo pidió.

VALORACION DEL SINDICATO.-

1.- Este abogado dice que el argumento que ha empleado es suyo y genuino, cuando nuestro abogado nos comenta que es algo que se ha defendido por diversos abogados, sin perjuicio de conocer el redactado de la demanda que presento.

2.- Que nuestro abogado si que puede decir que es uno de los cuatro abogados que ganaron la sentencia de la Caixa en el 2001, en la que el T.Supremo fallo a favor de los trabajadores en esto de los Fondos de Pensiones, y es la única hasta ahora en esa dirección, entonces no estaba con nosotros representaba a otro sindicato.

3.- Que la sentencia aunque sea buena y novedosa, no explica, en la ponencia, porqué el tribunal ha cambiado de opinión, ya que todas las sentencias que había hecho hasta ahora eran contrarias, siendo esta la 1ª a favor de un trabajador, por lo que llevado a instancias superiores podría ser declarada nula de pleno derecho.

4.- Que al ser imprescriptible, podemos esperar, o bien ponernos en manos de nuestro propio abogado, que nos sale gratis a los afiliados.

5.- Los que tenéis la prejubilación es un tanto problemática la reclamación, pero si salisteis del banco por despido, os podéis poner en contacto con Pedro Feced , que es nuestro abogado para estudiar el tema.

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